Divulgaciones obligatorias
California tiene una ley escrita justamente para este negocio: Business and Professions Code §17537.9, que regula un «assessment reduction filing service» (servicio de presentación de reducciones de tasación). Esta página expone todas las restricciones que nos impone y qué hacemos con cada una. Cada cita es el texto según promulgación, de leginfo.legislature.ca.gov.
1. §17537.9(b) — la divulgación que estamos obligados a mostrar
El recuadro de borde grueso que aparece en la parte superior de esta página y en la parte superior de la página donde usted firma es obligatorio por ley, palabra por palabra. La ley se refiere a la publicidad y al material promocional, así que colocamos el recuadro de tamaño completo donde realmente se hace una oferta —el paso de firma— y aquí, donde el tema es la propia divulgación. Todas las demás páginas llevan la misma divulgación como un resumen en lenguaje sencillo en su pie de página, con un enlace de vuelta a esta página. El tamaño del recuadro completo también lo fija la ley:
Las palabras de la ley «at least 2-point boldface font type sizes larger than the next largest print on the page» significan que la divulgación tiene que ser la letra más grande de cualquier página que la lleve. Por eso esta página y el paso de firma no tienen ningún titular desmesurado ni una línea de portada gigante. No es una decisión de estilo: es lo que produce la ley. Lo convertimos en una comprobación que se ejecuta cada vez: nuestra autocomprobación de cumplimiento genera esas páginas y falla con cualquier tamaño de letra por encima del tope.
2. §17537.9(c) — cuándo podemos aceptar dinero
Qué hacemos al respecto
- En este sitio no hay página de pago, ni carrito, ni suscripción, ni ningún paso de pago anticipado.
- Cada presentación recibe una marca de tiempo en el momento en que se envía, y hasta que esa marca existe no se puede emitir ninguna factura — lo impide el software, no solo nuestra política.
- La tasa de presentación de $46 del condado la adelantamos nosotros. Nunca recaudamos una tasa gubernamental en nombre del condado.
3. §17537.9(e) — autorización por escrito
Qué hacemos al respecto
- La autorización tiene que existir antes de que se presente nada. El proceso no ofrece ninguna forma de omitirla.
- Una copia de la autorización se presenta junto con cada solicitud.
- El original firmado —con su marca de tiempo, dirección IP y huella del navegador— se conserva en disco durante tres años. Durante ese periodo nadie puede borrarlo: ni usted ni nosotros.
- Todos los documentos firmados se pueden descargar desde la propia página del caso, en cualquier momento.
4. §17537.9(a) — afirmaciones que no podemos hacer
| Apartado | Qué prohíbe | Qué hacemos |
|---|---|---|
| (a)(1) | Afirmar que presentar una solicitud hará bajar con certeza el impuesto sobre la propiedad | Nunca lo decimos. Nuestro compromiso es «si no hay reducción, no hay honorarios»: honorarios condicionados al resultado, no un resultado prometido. |
| (a)(3) | Afirmar que habrá representación en persona en una audiencia, salvo que los honorarios lo cubran | En esta etapa no afirmamos que compareceremos. Todavía no tenemos número de registro, así que comparece el propietario en persona. |
| (a)(4) | Afirmar que los formularios se completarán salvo la firma, salvo que los honorarios lo cubran | Sí lo cubren. Completamos los formularios hasta el punto en que solo falta la firma. |
| (a)(6) | Afirmar ser una agencia gubernamental o estar vinculado a una; usar indebidamente un sello oficial; un nombre de empresa que contenga a la vez «appeal/tax» y «agency/assessor/board/…/county/city» | Sin sellos, sin paleta de colores gubernamental, nada que se lea como «socio oficial». El nombre de nuestra empresa se comprueba automáticamente. |
| (a)(6)(D) | Los sobres que enviamos deben llevar en el frente, en mayúsculas, «THIS IS NOT A GOVERNMENT DOCUMENT.» | Todo lo que enviamos lo lleva. |
| (a)(7) | Presionar con un «responda antes de esta fecha o se aplicará un recargo» | No inventamos plazos ni cobramos recargos por demora. El único plazo real es el del condado: el 30 de noviembre. |
5. Lo que usted ya puede hacer gratis
- Usted puede contactar directamente con la Office of the Assessor y pedir una revisión informal sin costo.
- Usted puede presentar una Application for Changed Assessment ante el Assessment Appeals Board por su cuenta (el condado cobra $46).
- Usted no tiene ninguna obligación de usar este servicio ni ningún servicio parecido.
El Fiscal General de California mantiene una alerta permanente al consumidor sobre este sector. Enlazamos a ella a propósito: oag.ca.gov/consumers/general/prop_tax_scam. Las tácticas que menciona son nombres de empresa con sonido oficial, correo disfrazado de documento gubernamental, direcciones inventadas de «Regional Processing Center» y amenazas de recargo. No hacemos ninguna de ellas, y preferimos que esa lista se aplique a todas las empresas que se pongan en contacto, nosotros incluidos.
6. California no tiene ninguna licencia estatal de agente de impuestos sobre la propiedad
AB 2415 (2014) habría creado un requisito de registro estatal para los agentes de impuestos sobre la propiedad. El Gobernador la vetó el 29 de septiembre de 2014. Así que cuando una empresa dice tener una «licencia de agente de impuestos sobre la propiedad de California», esa licencia no existe. El registro Tax Agent conforme a Los Angeles County Code 2.165 es la única barrera del condado, y cubre el trabajo de disminución de valor ante el Assessor, no solo el que se hace ante el Assessment Appeals Board.
7. Este sitio no es asesoría legal ni fiscal
No somos un despacho de abogados ni una firma contable. Lo que hay en este sitio es una lectura de leyes públicas y formularios oficiales. No es asesoría legal y no es planificación fiscal. Si hay de por medio un fideicomiso, una sucesión, una estructura de titularidad o una planificación fiscal de varios años, hable con su propio abogado o con su propio CPA.
Cada ley citada aquí, con su fuente, está listada en la página de fuentes. El resultado de nuestra comprobación automática de cumplimiento está en autocomprobación de cumplimiento.