THIS ASSESSMENT REDUCTION FILING SERVICE IS NOT ASSOCIATED WITH ANY GOVERNMENT AGENCY. IF YOU DISAGREE WITH THE ASSESSED VALUE OF YOUR PROPERTY, YOU HAVE THE RIGHT TO AN INFORMAL ASSESSMENT REVIEW, AT NO COST, BY CONTACTING THE ASSESSOR'S OFFICE DIRECTLY. IF YOU AND THE ASSESSOR CANNOT AGREE TO THE VALUE OF THE PROPERTY OR IF YOU DO NOT WISH TO CONTACT THE ASSESSOR YOU CAN OBTAIN AND FILE AN APPLICATION FOR CHANGED ASSESSMENT WITH THE COUNTY BOARD OF EQUALIZATION OR ASSESSMENT APPEALS BOARD ON YOUR OWN BEHALF. AN APPEALS BOARD HAS THE AUTHORITY TO RAISE PROPERTY VALUES (BUT IN NO CASE HIGHER THAN THE PROPOSITION 13 PROTECTED VALUE) AS WELL AS TO LOWER PROPERTY VALUES.

Traducción de referencia (prevalece el texto original en inglés)

Este servicio de presentación de reducciones de tasación no está asociado con ninguna agencia gubernamental. Si usted no está de acuerdo con el valor tasado de su propiedad, tiene derecho a una revisión informal de la tasación, sin costo, comunicándose directamente con la oficina del Assessor. Si usted y el Assessor no pueden ponerse de acuerdo sobre el valor de la propiedad, o si usted no desea comunicarse con el Assessor, puede obtener y presentar por su cuenta una Application for Changed Assessment ante el County Board of Equalization o el Assessment Appeals Board. El Assessment Appeals Board tiene la facultad de aumentar el valor de las propiedades (pero en ningún caso por encima del valor protegido por la Proposition 13), así como de reducirlo.

Divulgación exigida por Cal. Bus. & Prof. Code §17537.9(b)(1) · texto según promulgación, de leginfo.legislature.ca.gov · Por qué este texto es más grande que el titular

Divulgaciones obligatorias

California tiene una ley escrita justamente para este negocio: Business and Professions Code §17537.9, que regula un «assessment reduction filing service» (servicio de presentación de reducciones de tasación). Esta página expone todas las restricciones que nos impone y qué hacemos con cada una. Cada cita es el texto según promulgación, de leginfo.legislature.ca.gov.

1. §17537.9(b) — la divulgación que estamos obligados a mostrar

El recuadro de borde grueso que aparece en la parte superior de esta página y en la parte superior de la página donde usted firma es obligatorio por ley, palabra por palabra. La ley se refiere a la publicidad y al material promocional, así que colocamos el recuadro de tamaño completo donde realmente se hace una oferta —el paso de firma— y aquí, donde el tema es la propia divulgación. Todas las demás páginas llevan la misma divulgación como un resumen en lenguaje sencillo en su pie de página, con un enlace de vuelta a esta página. El tamaño del recuadro completo también lo fija la ley:

The disclosures specified in paragraph (1) shall be placed at the top of each page of every advertisement or promotional material disseminated by an offeror of an assessment reduction filing service and shall be printed in not less than 12-point boldface font type that is at least 2-point boldface font type sizes larger than the next largest print on the page and enclosed in a box formed by a heavy line. BPC §17537.9(b)(2)

Las palabras de la ley «at least 2-point boldface font type sizes larger than the next largest print on the page» significan que la divulgación tiene que ser la letra más grande de cualquier página que la lleve. Por eso esta página y el paso de firma no tienen ningún titular desmesurado ni una línea de portada gigante. No es una decisión de estilo: es lo que produce la ley. Lo convertimos en una comprobación que se ejecuta cada vez: nuestra autocomprobación de cumplimiento genera esas páginas y falla con cualquier tamaño de letra por encima del tope.

2. §17537.9(c) — cuándo podemos aceptar dinero

No offeror of an assessment reduction filing service shall charge, demand, or collect any money in connection with a request for review until after the request is filed with the assessor. No offeror of an assessment reduction filing service shall charge, demand, or collect any money in connection with an assessment appeal application until after the application is filed with the clerk of the assessment appeals board. BPC §17537.9(c)

Qué hacemos al respecto

3. §17537.9(e) — autorización por escrito

It is unlawful for an offeror of an assessment reduction filing service to file a request or application of any kind for reduction in assessment without first obtaining a written authorization from the property owner. A true and correct copy of the written authorization shall be submitted with any request or application for reduction in assessment. The offeror shall maintain the original written authorization for a period of three years and shall make it available for inspection and copying within 24 hours of a request without a warrant to law enforcement, the Attorney General, district attorney, or city attorney. BPC §17537.9(e)

Qué hacemos al respecto

4. §17537.9(a) — afirmaciones que no podemos hacer

Apartado Qué prohíbe Qué hacemos
(a)(1) Afirmar que presentar una solicitud hará bajar con certeza el impuesto sobre la propiedad Nunca lo decimos. Nuestro compromiso es «si no hay reducción, no hay honorarios»: honorarios condicionados al resultado, no un resultado prometido.
(a)(3) Afirmar que habrá representación en persona en una audiencia, salvo que los honorarios lo cubran En esta etapa no afirmamos que compareceremos. Todavía no tenemos número de registro, así que comparece el propietario en persona.
(a)(4) Afirmar que los formularios se completarán salvo la firma, salvo que los honorarios lo cubran Sí lo cubren. Completamos los formularios hasta el punto en que solo falta la firma.
(a)(6) Afirmar ser una agencia gubernamental o estar vinculado a una; usar indebidamente un sello oficial; un nombre de empresa que contenga a la vez «appeal/tax» y «agency/assessor/board/…/county/city» Sin sellos, sin paleta de colores gubernamental, nada que se lea como «socio oficial». El nombre de nuestra empresa se comprueba automáticamente.
(a)(6)(D) Los sobres que enviamos deben llevar en el frente, en mayúsculas, «THIS IS NOT A GOVERNMENT DOCUMENT.» Todo lo que enviamos lo lleva.
(a)(7) Presionar con un «responda antes de esta fecha o se aplicará un recargo» No inventamos plazos ni cobramos recargos por demora. El único plazo real es el del condado: el 30 de noviembre.

5. Lo que usted ya puede hacer gratis

  • Usted puede contactar directamente con la Office of the Assessor y pedir una revisión informal sin costo.
  • Usted puede presentar una Application for Changed Assessment ante el Assessment Appeals Board por su cuenta (el condado cobra $46).
  • Usted no tiene ninguna obligación de usar este servicio ni ningún servicio parecido.

El Fiscal General de California mantiene una alerta permanente al consumidor sobre este sector. Enlazamos a ella a propósito: oag.ca.gov/consumers/general/prop_tax_scam. Las tácticas que menciona son nombres de empresa con sonido oficial, correo disfrazado de documento gubernamental, direcciones inventadas de «Regional Processing Center» y amenazas de recargo. No hacemos ninguna de ellas, y preferimos que esa lista se aplique a todas las empresas que se pongan en contacto, nosotros incluidos.

6. California no tiene ninguna licencia estatal de agente de impuestos sobre la propiedad

AB 2415 (2014) habría creado un requisito de registro estatal para los agentes de impuestos sobre la propiedad. El Gobernador la vetó el 29 de septiembre de 2014. Así que cuando una empresa dice tener una «licencia de agente de impuestos sobre la propiedad de California», esa licencia no existe. El registro Tax Agent conforme a Los Angeles County Code 2.165 es la única barrera del condado, y cubre el trabajo de disminución de valor ante el Assessor, no solo el que se hace ante el Assessment Appeals Board.

7. Este sitio no es asesoría legal ni fiscal

No somos un despacho de abogados ni una firma contable. Lo que hay en este sitio es una lectura de leyes públicas y formularios oficiales. No es asesoría legal y no es planificación fiscal. Si hay de por medio un fideicomiso, una sucesión, una estructura de titularidad o una planificación fiscal de varios años, hable con su propio abogado o con su propio CPA.


Cada ley citada aquí, con su fuente, está listada en la página de fuentes. El resultado de nuestra comprobación automática de cumplimiento está en autocomprobación de cumplimiento.